REQUERIMIENTO DE ELEVACIÓN A JUICIO
Los agentes fiscales de
Delitos Económicos, Javier Pizzo y David Bruna solicitaron al Juzgado de Garantías
N° 3 de este Departamento Judicial a cargo de la Dra. Rosa Frende,
la elevación a juicio en la causa seguida a José Antonio Martínez;
Maximiliano Martín Acuña; Néstor Alberto Sarlo y Walter Marcelo
Calandra por los delitos que fueran calificados "prima facie"
como Defraudación por Administración Fraudulenta e Insolvencia
Fraudulenta.
De la investigación
penal preparatoria llevada a cabo por los agentes fiscales especializados
surgieron elementos de convicción
suficientes para tener por acreditado que:
En el período
comprendido entre el 20 de septiembre de 2012 y 30 de abril de 2013
José Antonio Martínez, quien se desempeña como Presidente del Auto
Club Balcarce,
violando los deberes a su cargo con evidente ánimo de lucro para sí
y terceros, realizó diversas acciones como las que se detallan a
continuación con la participación necesaria del resto de los
imputados:
En septiembre de
2012 asentó en el libro de Actas del Auto Club Balcarce la Asamblea
General Ordinaria mediante la cual se aprueba una cesión de trece
hectáreas anexas al kartódromo a un grupo inversor para solucionar
el inconveniente de la hipoteca que pesa sobre el predio. Esta
asamblea con fecha 17 de diciembre de 2014 fue declarada irregular e
ineficaz por parte de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas,
ello por no resultar válida la reunión de directores que la convoca
y por no haberse consignado en el orden del día con exactitud el
tema en tratamiento de tan relevante importancia. Esta acta
asamblearia es suscripta por Martínez y el Secretario de la entidad
Maximiliano Acuña, obrando asimismo cuatro firmas más ilegibles. Cabe referir que a simple
vista surge que estas cuatro firmas fueron estampadas con una
lapicera distinta.
En febrero de 2013,
mediante Escritura ante el Escribano Néstor Sarlo, José Antonio
Martínez -en su calidad de Presidente del Auto Club Balcarce- vendió
la fracción de campo propiedad de la entidad a favor de la sociedad
Faro La Providencia S.A., representada por Walter Marcelo Calandra en
su calidad de Presidente de la misma (constituida por una superficie
de más de 21 hectáreas) en la suma de $ 159.358, monto muy debajo
de su valor real, e incluso de su valuación fiscal, la cual asciende
a la suma de dos millones cincuenta y cinco mil ochocientos pesos ($
2.055.800). Esta escritura traslativa de dominio fue realizada sin
haberse mencionado en la misma las actas asamblearias que acrediten
la conformidad de los asociados de la venta del bien en cuestión,
pues solo se mencionan en el cuerpo de la escritura y adjuntan a ella
como documentación anexa las actas realizadas por la Comisión
Directiva, en las que se puede leer la firma de José Antonio
Martínez y Maximiliano Acuña entre otras pocas.
De esta manera,
Martínez hizo desaparecer el único bien que integraba el patrimonio
de la entidad Auto Club Balcarce frustrando de esta manera las
obligaciones civiles emergentes de diversos juicios entablados en
contra de la entidad, perjudicando así los intereses de los actores
en estos procesos en trámite, al haber sacado ese bien del
patrimonio del club.
Para el logro del
objetivo ilícito, Martínez contó con la cooperación necesaria de
Maximiliano Martín Acuña, quien en su calidad de Secretario del
Auto Club Balcarce participó conjuntamente con el nombrado en la
confección de las actas de la comisión directiva que fueron
utilizadas en la Escritura traslativa de dominio; de Walter Marcelo
Calandra, quien intervino en la operación de compraventa referida,
en calidad de Presidente de la sociedad compradora Faro La
Providencia S.A.; y de Néstor Alberto Sarlo, quien en su carácter
de Notario autorizante posibilitó el otorgamiento de la escritura
traslativa de dominio, que permitió el desprendimiento del bien en
perjuicio de los acreedores del ente.
En este sentido,
quedó probado que José Antonio Martínez, en su calidad de
Presidente de la entidad AUTO CLUB BALCARCE, realizó todos los actos
tendientes a obtener el traspaso a su favor del único bien que
conformaba el patrimonio del ente al que representa a través de
engaños efectuados a los los asociados del club, valiéndose para
esto de la extrema ingenuidad de la mayoría de los asociados, así
como de las prácticas habituales que manejaban los mismos frente al
ente, además de abultar la cantidad de asociados del ente
incorporando en el Libro de Asociados nombre y datos de personas que
obtenía en otras circunstancias sin que estas tuvieran conocimiento
alguno de ello.