I.- PERSONAS
PROCESADAS Y CONDENADAS VINCULADAS A ROBOS AGRAVADOS EN VIVIENDAS
En primer término
cabe señalar que desde la creación de esta Unidad Fiscal de
Instrucción y Juicio N° 13 departamental, el pasado 5 de mayo del
2015 y hasta el presente, se ha materializado la detención de 218
personas vinculadas a esta modalidad delictiva.
Se debe destacar
que de las investigaciones penales preparatorias elevadas a juicio a
la fecha, se han dictado 61 sentencias condenatorias. Estas
sentencias implicaron la condena a prisión de 95 personas.
Entre las
sentencias condenatorias se debe resaltar la dictada el pasado 9 de
octubre del 2017 por el Tribunal en lo Criminal N° 4, en la causa N°
1469, en la cual se tuvo por acreditado, conforme la hipótesis del
caso promovida por la Fiscalía, que las personas imputadas en dicho
proceso conformaron una asociación ilícita para cometer robos
agravados en el interior de las viviendas encontrándose sus
moradores presentes.
Por tal motivo,
se los condenó por ser integrantes de dicha organización criminal y
por los robos agravados perpetrados.
También se ha
procesado a otras 31 personas por ilícitos vinculados a robos en
viviendas (v. gr.: encubrimiento) en el marco de 23 investigaciones.
II.- INGRESO DE
CASOS:
Que al crearse la
presente Unidad Fiscal se realizó una proyección respecto a la
cantidad de hechos de robos agravados en viviendas -con ocupantes en
su interior- perpetrados por autores ignorados, que se cometían
mensualmente en las ciudades de Mar del Plata y Batán.
A tal fin, se tuvo
en cuenta las estadísticas de las seis unidades Fiscales de
Instrucción y Juicio (Unidades Fiscales N° 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 8),
las cuales tenían competencia en la investigación de esta modalidad
delictiva hasta la creación de la Unidad Fiscal de Instrucción N°
13. Dicha proyección arrojaba un promedio de 80 casos mensuales.
Tal estimación se
vio corroborada en el primer mes de gestión de la a Unidad Fiscal N°
13 con un ingreso de 67 casos desde el día 5 al 31 de mayo del 2015.
Transcurridos estos
tres años se ha evidenciado una disminución de cantidad de hechos
de robos agravados cometidos por autores ignorados en viviendas
encontrándose sus ocupantes presentes.
A modo de ejemplo,
se ilustra la comparación de casos acaecidos en los cuatrimestres de
los meses de enero, febrero, marzo y abril de los años 2016, 2017 y
2018 y los porcentajes de disminución.
AÑO 2016: 157
AÑO 2017: 137
(disminución de un 12,74 % en relación al año 2016)
AÑO 2018: 105
(disminución de un 33,13 % en relación al año 2016 y del 23,34 %
en relación al año 2017)
III.- FACTORES QUE
INCIDIERON EN LA DISMINUCIÓN DE CASOS DE ROBOS AGRAVADOS PERPETRADOS
POR AUTORES IGNORADOS EN EL INTERIOR DE VIVIENDAS ESTANDO SUS
MORADORES PRESENTES
a.) En primer lugar
la decisión de política criminal adoptada por la Fiscalía
General., mediante la Instrucción General N° 01/15, de concentrar
en una sola dependencia toda la información de estos robos
agravados ha implicado una mejor gestión de estos casos dictándose,
a tal fin, un protocolo de actuación. Mediante dicho protocolo se
procuró determinar las vinculaciones de los distintos sucesos; se
gestionó las investigaciones penales mediante un sistema de
descentralización -conforme las distintas jurisdicciones-, se
efectuaron valoraciones de horarios, zonas de comisión de los robos,
modalidades, etc. Asimismo tal circunstancia permitió la confección
de un mapa digital del delito.
b.) De igual
importancia e incidencia ha sido la conformación en la Dirección
Departamental de Investigaciones, en el mes de mayo del 2015, de un
gabinete abocado exclusivamente a la investigación de estos hechos
ilícitos. Dicho gabinete, conformado por experimentados e idóneos
funcionarios policiales, ha resultado un importante auxiliar en la
gestión diaria de la Fiscalía. Se puede señalar, a modo de
ejemplo, la materialización de las órdenes de detención de los
distintos imputados, la efectivización de los allanamientos y
secuestro de diversos elementos (armas de fuego; automóviles; bienes
de las víctimas, etc.); el análisis de imágenes de cámaras de
monitoreo municipal y cámaras privadas, el examen y análisis de
equipos de telefonía y de comunicación; la recepción de
testimonios, etc.
c.) Necesariamente
cabe concluir como otro de los factores que incidió en la
disminución de casos de robos agravados, el número de personas
detenidas en estos tres años y con sentencias condenatorias a
distintas penas de prisión por su participación en esta modalidad
delictiva.
A modo de ejemplo
de lo señalado en el párrafo precedente se puede indicar que a
partir del avance de una compleja de investigación, se ha verificado
una importante disminución de una de las modalidades de robos
agravados que se cometían en la ciudad de Mar del Plata: los robos
que se perpetraban en departamentos accediendo a los edificios
mediante el uso de llaves electromagnéticas clonadas y/o utilizando
sus agentes diversos ardides para engañar a las víctimas (simular
la entrega de correspondencia, presentarse como empleados del correo,
de una repartición oficial, etc. ).
La desarticulación
de la banda delictiva que operaba bajo dicha modalidad delictiva se
vio reflejado en la disminución de los casos, ello tal como se
refleja en infra.
Cantidad de casos
de robos agravados acaecidos en edificios:
AÑO 2016: 23
AÑO 2017: 14
AÑO 2018: 03 (del
01 de enero al 18 de mayo)
En la mentada
investigación también se utilizó la figura del arrepentido.
Oportunamente el Juez de Garantías homologó el pedido de las
partes interpretando que si bien los tipos previstos en los artículos
166 y 167 no se encontraban previstos expresamente en la Ley
27304, su
aplicación correspondía en razón a lo estipulado en el inc. "g"
del art. 41 ter del CP (delitos cometidos en los términos de los
artículos 210 y 210 bis del Código Penal.
d.) Otro de los
aspectos a destacar de las investigaciones penales promovidas en
estos tres años fue la de haber podido identificar a las personas
que en las bandas delictivas tenían la función de escuchar la
frecuencia policial y de alertar del accionar policial a los demás
integrantes que irrumpían en las viviendas.
En las sentencias
condenatorias dictadas a estas personas los órganos jurisdiccionales
avalaron la hipótesis de la Fiscalía respecto a que dichos
imputados resultaban coautores de los robos agravados poseyendo la
misma responsabilidad que los demás integrantes de la banda
delictiva.
En tal sentido, se
pueden destacar las siguientes sentencias:
* Tribunal Oral
Criminal N° 1, causa 4841 "Samudio, Malvina s/ robo agravado";
sentencia condenatoria del 26 de octubre del 2017 a la pena de de
seis años y seis meses de prisión
* Tribunal Oral
Criminal N° 2; causa N° 4712 "Vargas Carlos Damián s/ robo
agravado"; sentencia condenatoria del 20 de febrero del 2018 a
la pena de siete años de prisión
* Tribunal Oral
Criminal N° 3, causa N° 6871 "Levis, Claudia s/ robo
agravado"; sentencia condenatoria del 11 d abril del 2018 a la
pena siete años de prisión.
Lo expuesto
anteriormente se vio reflejado en el secuestro de doce (12) handies
que se hallaban en poder de imputados de estos delitos y que
permitían escuchar la frecuencia policial.
También ha sido un
factor que incidió en la disminución de este tipo de actividad
delictiva el haber procedido el Ministerio de Seguridad de la
Provincia de Buenos Aires, en el mes de agosto del año 2017, a la
encriptación de la frecuencia policial.
e.) En el marco de
las distintas investigaciones penales preparatorias iniciadas en esta
Fiscalía N° 13 se ha procedido, además, al secuestro de 18
automóviles que fueron utilizados para desplazarse por las personas
para la ejecución de estos actos disvaliosos.
Asimismo, a la
fecha, 3 de esos vehículos, a requerimiento de este Ministerio
Público Fiscal, fueron puestos por los Tribunales Criminales de este
Departamento Judicial de Mar del Plata a disposición del Ministerio
de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.
IV.) PRESENTACIÓN
REALIZADA AL MINISTRO DE JUSTICIA DE LA NACIÓN GERMÁN GARAVANO
Se debe indicar,
por último, que a partir de la experiencia de gestión de estos tres
años de esta Unidad Fiscal de Instrucción y Juicio N°13 del
Departamento Judicial de Mar del Plata, el pasado 15 de marzo del año
2018 se efectuó una presentación ante el Ministerio de Justicia
de la Nación mediante la cual se propugna se incluya en el proyecto
de modificación al Código Penal los casos de imposición de
torturas a las víctimas de robos este tipo de delitos ("Será
reprimido con prisión de 8 a 25 años el que perpetrare un robo en
una vivienda e impusiere a sus moradores o a otras personas que
pudieren encontrarse circunstancialmente en el lugar, cualquier clase
de torturas, ya sea que la tortura tenga lugar antes del robo para
facilitarlo, en el acto de cometerlo o después de cometerlo para
procurar su impunidad. Por tortura se entenderá todo acto que
dolosamente inflija a una persona dolores o sufrimientos graves,
físicos o mentales, cualquiera sea la motivación que tuviere el
sujeto al cometerlo"); así como también un aumento de las
escalas penales, en la mitad de su mínimo y su máximo, en los casos
que la violencia sea ejercida sobre personas menores de 10 años o
mayores de setenta años.