miércoles, 13 de junio de 2018

Fiscalía Nro 13 - Robos Calificados

Informe de Gestión de la Fiscalía especializada en Robos Calificados

I.- PERSONAS PROCESADAS Y CONDENADAS VINCULADAS A ROBOS AGRAVADOS EN VIVIENDAS
En primer término cabe señalar que desde la creación de esta Unidad Fiscal de Instrucción y Juicio N° 13 departamental, el pasado 5 de mayo del 2015 y hasta el presente, se ha materializado la detención de 218 personas vinculadas a esta modalidad delictiva.
Se debe destacar que de las investigaciones penales preparatorias elevadas a juicio a la fecha, se han dictado 61 sentencias condenatorias. Estas sentencias implicaron la condena a prisión de 95 personas.
Entre las sentencias condenatorias se debe resaltar la dictada el pasado 9 de octubre del 2017 por el Tribunal en lo Criminal N° 4, en la causa N° 1469, en la cual se tuvo por acreditado, conforme la hipótesis del caso promovida por la Fiscalía, que las personas imputadas en dicho proceso conformaron una asociación ilícita para cometer robos agravados en el interior de las viviendas encontrándose sus moradores presentes.
Por tal motivo, se los condenó por ser integrantes de dicha organización criminal y por los robos agravados perpetrados.
También se ha procesado a otras 31 personas por ilícitos vinculados a robos en viviendas (v. gr.: encubrimiento) en el marco de 23 investigaciones.

II.- INGRESO DE CASOS:
Que al crearse la presente Unidad Fiscal se realizó una proyección respecto a la cantidad de hechos de robos agravados en viviendas -con ocupantes en su interior- perpetrados por autores ignorados, que se cometían mensualmente en las ciudades de Mar del Plata y Batán.
A tal fin, se tuvo en cuenta las estadísticas de las seis unidades Fiscales de Instrucción y Juicio (Unidades Fiscales N° 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 8), las cuales tenían competencia en la investigación de esta modalidad delictiva hasta la creación de la Unidad Fiscal de Instrucción N° 13. Dicha proyección arrojaba un promedio de 80 casos mensuales.
Tal estimación se vio corroborada en el primer mes de gestión de la a Unidad Fiscal N° 13 con un ingreso de 67 casos desde el día 5 al 31 de mayo del 2015.
Transcurridos estos tres años se ha evidenciado una disminución de cantidad de hechos de robos agravados cometidos por autores ignorados en viviendas encontrándose sus ocupantes presentes.
A modo de ejemplo, se ilustra la comparación de casos acaecidos en los cuatrimestres de los meses de enero, febrero, marzo y abril de los años 2016, 2017 y 2018 y los porcentajes de disminución.
AÑO 2016: 157
AÑO 2017: 137 (disminución de un 12,74 % en relación al año 2016)
AÑO 2018: 105 (disminución de un 33,13 % en relación al año 2016 y del 23,34 % en relación al año 2017)

III.- FACTORES QUE INCIDIERON EN LA DISMINUCIÓN DE CASOS DE ROBOS AGRAVADOS PERPETRADOS POR AUTORES IGNORADOS EN EL INTERIOR DE VIVIENDAS ESTANDO SUS MORADORES PRESENTES
a.) En primer lugar la decisión de política criminal adoptada por la Fiscalía General., mediante la Instrucción General N° 01/15, de concentrar en una sola dependencia toda la información de estos robos agravados ha implicado una mejor gestión de estos casos dictándose, a tal fin, un protocolo de actuación. Mediante dicho protocolo se procuró determinar las vinculaciones de los distintos sucesos; se gestionó las investigaciones penales mediante un sistema de descentralización -conforme las distintas jurisdicciones-, se efectuaron valoraciones de horarios, zonas de comisión de los robos, modalidades, etc. Asimismo tal circunstancia permitió la confección de un mapa digital del delito.
b.) De igual importancia e incidencia ha sido la conformación en la Dirección Departamental de Investigaciones, en el mes de mayo del 2015, de un gabinete abocado exclusivamente a la investigación de estos hechos ilícitos. Dicho gabinete, conformado por experimentados e idóneos funcionarios policiales, ha resultado un importante auxiliar en la gestión diaria de la Fiscalía. Se puede señalar, a modo de ejemplo, la materialización de las órdenes de detención de los distintos imputados, la efectivización de los allanamientos y secuestro de diversos elementos (armas de fuego; automóviles; bienes de las víctimas, etc.); el análisis de imágenes de cámaras de monitoreo municipal y cámaras privadas, el examen y análisis de equipos de telefonía y de comunicación; la recepción de testimonios, etc.
c.) Necesariamente cabe concluir como otro de los factores que incidió en la disminución de casos de robos agravados, el número de personas detenidas en estos tres años y con sentencias condenatorias a distintas penas de prisión por su participación en esta modalidad delictiva.
A modo de ejemplo de lo señalado en el párrafo precedente se puede indicar que a partir del avance de una compleja de investigación, se ha verificado una importante disminución de una de las modalidades de robos agravados que se cometían en la ciudad de Mar del Plata: los robos que se perpetraban en departamentos accediendo a los edificios mediante el uso de llaves electromagnéticas clonadas y/o utilizando sus agentes diversos ardides para engañar a las víctimas (simular la entrega de correspondencia, presentarse como empleados del correo, de una repartición oficial, etc. ).
La desarticulación de la banda delictiva que operaba bajo dicha modalidad delictiva se vio reflejado en la disminución de los casos, ello tal como se refleja en infra.
Cantidad de casos de robos agravados acaecidos en edificios:
AÑO 2016: 23
AÑO 2017: 14
AÑO 2018: 03 (del 01 de enero al 18 de mayo)
En la mentada investigación también se utilizó la figura del arrepentido. Oportunamente el Juez de Garantías homologó el pedido de las partes interpretando que si bien los tipos previstos en los artículos 166 y 167 no se encontraban previstos expresamente en la Ley
27304, su aplicación correspondía en razón a lo estipulado en el inc. "g" del art. 41 ter del CP (delitos cometidos en los términos de los artículos 210 y 210 bis del Código Penal.
d.) Otro de los aspectos a destacar de las investigaciones penales promovidas en estos tres años fue la de haber podido identificar a las personas que en las bandas delictivas tenían la función de escuchar la frecuencia policial y de alertar del accionar policial a los demás integrantes que irrumpían en las viviendas.
En las sentencias condenatorias dictadas a estas personas los órganos jurisdiccionales avalaron la hipótesis de la Fiscalía respecto a que dichos imputados resultaban coautores de los robos agravados poseyendo la misma responsabilidad que los demás integrantes de la banda delictiva.
En tal sentido, se pueden destacar las siguientes sentencias:
* Tribunal Oral Criminal N° 1, causa 4841 "Samudio, Malvina s/ robo agravado"; sentencia condenatoria del 26 de octubre del 2017 a la pena de de seis años y seis meses de prisión
* Tribunal Oral Criminal N° 2; causa N° 4712 "Vargas Carlos Damián s/ robo agravado"; sentencia condenatoria del 20 de febrero del 2018 a la pena de siete años de prisión
* Tribunal Oral Criminal N° 3, causa N° 6871 "Levis, Claudia s/ robo agravado"; sentencia condenatoria del 11 d abril del 2018 a la pena siete años de prisión.
Lo expuesto anteriormente se vio reflejado en el secuestro de doce (12) handies que se hallaban en poder de imputados de estos delitos y que permitían escuchar la frecuencia policial.
También ha sido un factor que incidió en la disminución de este tipo de actividad delictiva el haber procedido el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, en el mes de agosto del año 2017, a la encriptación de la frecuencia policial.
e.) En el marco de las distintas investigaciones penales preparatorias iniciadas en esta Fiscalía N° 13 se ha procedido, además, al secuestro de 18 automóviles que fueron utilizados para desplazarse por las personas para la ejecución de estos actos disvaliosos.
Asimismo, a la fecha, 3 de esos vehículos, a requerimiento de este Ministerio Público Fiscal, fueron puestos por los Tribunales Criminales de este Departamento Judicial de Mar del Plata a disposición del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.

IV.) PRESENTACIÓN REALIZADA AL MINISTRO DE JUSTICIA DE LA NACIÓN GERMÁN GARAVANO
Se debe indicar, por último, que a partir de la experiencia de gestión de estos tres años de esta Unidad Fiscal de Instrucción y Juicio N°13 del Departamento Judicial de Mar del Plata, el pasado 15 de marzo del año 2018 se efectuó una presentación ante el Ministerio de Justicia de la Nación mediante la cual se propugna se incluya en el proyecto de modificación al Código Penal los casos de imposición de torturas a las víctimas de robos este tipo de delitos ("Será reprimido con prisión de 8 a 25 años el que perpetrare un robo en una vivienda e impusiere a sus moradores o a otras personas que pudieren encontrarse circunstancialmente en el lugar, cualquier clase de torturas, ya sea que la tortura tenga lugar antes del robo para facilitarlo, en el acto de cometerlo o después de cometerlo para procurar su impunidad. Por tortura se entenderá todo acto que dolosamente inflija a una persona dolores o sufrimientos graves, físicos o mentales, cualquiera sea la motivación que tuviere el sujeto al cometerlo"); así como también un aumento de las escalas penales, en la mitad de su mínimo y su máximo, en los casos que la violencia sea ejercida sobre personas menores de 10 años o mayores de setenta años.




 

martes, 5 de junio de 2018

Fiscalía Nro 13 - Robos Calificados

Sentencia por robo triplemente agravado

En consonancia con lo solicitado por el Agente Fiscal Mariano Moyano, a cargo de la investigación que logró probar una serie de robos agravados cometidos durante un periodo de 20 días, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 condenó a Ulises Javier Andrada y a Pablo Nicolás Scaramuccia a las penas de 16 años de prisión mientras que a Roberto Ángel Del Buono y Cristian Nahuel Ullúa a la pena de 13 años de prisión respectivamente.
El trabajo investigativo llevado adelante por el Dr. Moyano conjuntamente con personal de la DDI logró desarticular esta banda dedicada a robos calificados a partir de la determinación de pruebas concretas que, finalmente, se vieron reflejadas en la sentencia condenatoria del TOC 1.
Cabe señalar que las penas impuestas no fueron las mismas para los cuatro condenados ya que no participaron de los mismos hechos en todos los casos y los atenuantes y agravantes considerados no fueron idénticos. Sin embargo todos participaron del primer hecho probado, cometido el día 2 de febrero de 2016 en el que los delincuentes ingresaron de forma violenta a una vivienda sita en Concepción Arenal al 5700  y una vez en el interior amenazaron con armas de fuego a cuatro personas, las llevaron a las habitaciones y los ataron de pies y manos para robarles dinero y elementos de valor.
Sólo por este hecho -luego realizaron otros robos agravados- se los consideró coautores del delito de robo triplemente agravado por su comisión en lugar poblado y en banda y por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no se tuvo por acreditada y por el uso de arma impropia.