Requerimiento
de elevación a juicio por Organizacion Criminal
Los
agentes fiscales de Delitos Económicos Javier Pizzo y David Bruna
solicitaron a la Jueza de Garantías Rosa Frende, la elevación a
juicio con relación a 34 imputados ( entre ellos 6 abogados; 2
escribanos; 1 funcionario del Registro de la Propiedad Inmueble; 1
agrimensor, 1 imprentero, comerciantes y empresarios) en el marco de
la importante causa en la que se desbarató una asociación ilícita
dedicada a la transferencia ilegal de inmuebles.
La
tarea investigativa se inició por la denuncia de un ciudadano que
constató que en el certificado de domino de un bien propiedad de su
familia surgía como titular un tercero desconocido. Posteriormente
a esa denuncia se agregaron otras dos, formuladas por los jueces
civiles del departamento judicial Mar del Plata Rodrigo Cataldo y
Hernán Krzyszycha, quienes anoticiaban la presunta utilización de
folios y sellos de su pertenencia en trámites que les resultaban
ajenos.
La
pesquisa desplegada a la largo de un año por integrantes de la UFI
10 y que contó con la colaboración de Instructores Judiciales de
la Unidad de Investigación de Delitos Económicos de la Procuración
y del Gabinete de delitos económicos de la DDI, permitió
detectar que durante el período comprendido entre el 2014 y el 2016,
fueron transferidas -mediante el uso de Folios de Seguridad y
Sentencias judiciales falsos que se presentaban ante el Registro de
la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires- las
titularidades de unos 50 inmuebles ubicados en las ciudades de Mar
del Plata y Miramar.
Considerando
esa cifra, y teniendo en cuenta que el organismo provincial informó
que en ese periodo ingresaron un total de 230 testimonios judiciales
de subasta (Código 9) con relación a la Circunscripción de General
Pueyrredon (045) y un total de 27 testimonios de subasta con relación
al Partido de General Alvarado (033), puede concluirse que la
organización intervino en aproximadamente el 20% del total de
transferencias efectuadas.
Asimismo
y considerando las causas vinculadas ( IPP 5124-15), se estima que
el valor de los inmuebles transferidos o cuya titularidad pretendían
obtener, alcanzaría la suma aproximada de 100 millones de pesos.
Para
los Fiscales la organización criminal tenía su base en el Estudio
Jurídico del abogado Adrian Bovati ubicado en la ciudad Miramar, y
se dedicaba a la captación de interesados en la compra de
inmuebles, y a su vez aportaba información para individualizar
bienes que reunieran las características particulares convenientes
para las mecánicas ideadas con el fin de tomar posesión de los
mismos; esto es, principalmente inmuebles cuyo
titular fallecido no registrara herederos, o bien pertenecientes a
sociedades cuyos accionistas habían fallecido o se encontraban
desintegradas o en camino legal a ello, o cuyos titulares registrales
evidenciaban en organismos públicos desinterés en el
inmueble mediante el incumplimiento del pago de impuestos o
servicios, o aquellos en los cuales los titulares o adquirentes
procuraban no informar la operación comercial ante los organismos
fiscales, o bien poseían impedimentos como trabas de embargos o
inhibiciones personales que obstaculizaban la transferencia.
En
tanto que, para instrumentar las maniobras diseñadas, se elaboraban
generalmente instrumentos públicos falsos consistentes en Folios de
Seguridad utilizados por Organismos Jurisdiccionales, Testimonios y
Oficios Judiciales y actuaciones notariales.
La
investigación estableció la falsedad de firmas atribuidas a
numerosos Jueces Civiles y secretarios del Departamento Judicial y
de otros organismos, y de los sellos pertenecientes a los Juzgados a
su cargo que se encontraban insertos en los documentos presentados al
Registro en cada caso. Los soportes magnéticos empleados en la
falsificación fueron secuestrados en el marco de los allanamientos
efectuados durante el transcurso de la pesquisa.
Estos
documentos simulaban haber sido expedidos en el marco de expedientes
judiciales que en verdad no existían, o bien si existían, las
resoluciones que contenían no habían sido dictadas en los obrados.
En ellos, se insertaban falsas leyendas, testimonios de resoluciones
y sentencias inexistentes, se incluían firmas y sellos apócrifos de
Organismos Públicos y de Magistrados y Funcionarios Judiciales y
Escribanos, y todo lo necesario para brindarles apariencia de ser
verdaderos.
Una
vez elaborados, los instrumentos falsos mediante los cuales los
Jueces supuestamente ordenaban medidas que constituían, transmitían,
declaraban, modificaban o extinguían derechos reales sobre
inmuebles, o bien disponían el levantamiento o inscripción de
medidas cautelares, eran presentados ante la sede principal de la
Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de
Buenos Aires o sus delegaciones, con el fin que allí se efectuaran
las inscripciones y las anotaciones necesarias para alterar la
situación jurídica registral de los bienes inmuebles y permitir que
integrantes de la organización por sí o por interpuestas personas,
o bien ocasionales cómplices convocados por otros miembros del
grupo, obtuviesen su disponibilidad jurídica sin conocimiento de los
legítimos propietarios, sus herederos, o el Fisco de la Provincia
según el caso.
La
presentación de la documentación falsa ante el Registro de la
Propiedad Inmueble podía hacerla cualquiera de los integrantes del
grupo, aunque generalmente para ello se utilizaban las labores del
abogados o gestores con residencia en La Plata.
Medidas
Cautelares: En
relación a los imputados
de Asociación Ilícita, el Juzgado interviniente decretó la
prohibición de salida del país de todos ellos, y su inhibición
general de bienes y, además, sobre los inmuebles transferidos de
forma ilegítima pesan medidas cautelares ( medida de no innovar)
que evitan su transferencia.
Asimismo
y a partir de la detección de las irregularidades, las autoridades
del Registro de la Propiedad Inmueble informaron a la Fiscalía que
dispusieron un mecanismo interno de control obligatorio que permite
constatar el eventual uso de folios falsos.