miércoles, 30 de mayo de 2018

Fiscalía Nro 6

Sentencia por robo doblemente agravado

En sintonía con lo solicitado por el Agente Fiscal Juan Pablo Lódola, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 condenó a Augusto David Flores a la pena de 6 años de prisión por considerarlo penalmente responsable del delito de robo doblemente agravado por el uso de arma impropia y por haberse cometido en lugar poblado y en banda.
La fiscalía logró probar que el día 13 de agosto de 2013, Flores junto a otros dos sujetos ingresaron en una vivienda ubicada en la zona del barrio Los Troncos de esta ciudad, golpearon a su dueño en reiteradas oportunidades con un arma y amenazaron a él y su pareja con la posibilidad de secuestro de uno de sus hijos a los fines de obtener dinero y objetos de valor.
Cabe señalar que por pedido del Dr. Lódola, además de la sentencia se ordenó la inmediata detención de Flores dado que el imputado estuvo prófugo de la justicia durante dos años y medio.

miércoles, 9 de mayo de 2018

Fiscalía Nro 13 - Robos Calificados


Sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal N° 3
 
Un hombre de 32 años identificado como Carlos Nemesio Alonso fue condenado a la pena de 10 años y 6 meses de prisión por haber robado en dos oportunidades una casa en la misma semana de enero de 2017.
La pena impuesta por el TOC 3 se dio en consonancia con lo solicitado por el Agente Fiscal Mariano Moyano quien pudo acreditar que Alonso, el lunes 16 de enero en horas de la tarde, ingresó en una vivienda ubicada en el barrio Alfar e intimidó y amenazó a la familia que allí reside con un arma de fuego; en esta ocasión se apoderó de celulares y dinero en efectivo. Una semana después volvió a irrumpir en el mencionado domicilio para realizar una acción similar, en este caso ante la presencia de niños que se hallaban en la casa.
Tal como lo demostró el Dr. Moyano, los agravantes fueron tenidos en cuenta por el Tribunal y finalmente se dispuso la pena prevista.

miércoles, 28 de marzo de 2018

Fiscalía de Instrucción y Juicio N° 7

Sentencia del TOC N° 2 por abuso sexual agravado

Tras una investigación llevada adelante por el Agente Fiscal Leandro Arévalo, el TOC 2 condenó a un hombre de 55 años a la pena de 15 de prisión por resultar penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por un ascendiente y por la situación de convivencia preexistente.

SENTENCIA

lunes, 26 de marzo de 2018

Fiscalía Nro 10 - Delitos Económicos


Importante cantidad de procesamientos por licencias de conducir falsas
 
En lo que va del año la Fiscalía de Delitos Económicos a cargo de los doctores Javier Pizzo y David Bruna procesó a más de 60 personas por el uso de licencias de conducir falsas provenientes de distintas ciudades de la provincia de Buenos Aires, lo que representa un elevado promedio de imputaciones por esta modalidad delictiva.
En general los hechos son detectados cuando personal policial realiza controles viales de rutina en rutas y calles de la ciudad, circunstancias que ameritan que una vez detectada la falsedad el conductor del vehículo sea aprehendido y puesto a disposición de la fiscalía.
A aquellas personas que hicieron uso del documento falso se les imputó el delito de falsedad de documento público agravado por tratarse de registros que habilitan la circulación en vehículos, por lo que la pena podría ir de 3 a 8 años de prisión.
La particularidad que hace que estos delitos sean especialmente graves es que el uso de la licencia falsa indica que los conductores no han efectuado el trámite correspondiente ante los organismos de contralor y, por lo tanto, no han superado los exámenes físicos y teóricos que acreditan su idoneidad para el manejo de vehículos en las distintas categorías.
Esto conlleva un riesgo para toda la comunidad en cuanto a las responsabilidades derivadas de eventuales siniestros que pudieran ocurrir por vehículos conducidos por personas no aptas para el manejo, que incluye no sólo aquellas de naturaleza penal sino también civiles y administrativas frente a ocasionales víctimas.
Cabe recordar que la Fiscalía de Delitos Económicos logró en su momento desbaratar la organización delictiva que operaba en Mar del Plata y se dedicaba al otorgamiento de licencias falsas.
 

martes, 6 de febrero de 2018

Fiscalía Nro 10 - Delitos Económicos


Requerimiento de elevación a juicio por Organizacion Criminal

Los agentes fiscales de Delitos Económicos Javier Pizzo y David Bruna solicitaron a la Jueza de Garantías Rosa Frende, la elevación a juicio con relación a 34 imputados ( entre ellos 6 abogados; 2 escribanos; 1 funcionario del Registro de la Propiedad Inmueble; 1 agrimensor, 1 imprentero, comerciantes y empresarios) en el marco de la importante causa en la que se desbarató una asociación ilícita dedicada a la transferencia ilegal de inmuebles.

La tarea investigativa se inició por la denuncia de un ciudadano que constató que en el certificado de domino de un bien propiedad de su familia surgía como titular un tercero desconocido. Posteriormente a esa denuncia se agregaron otras dos, formuladas por los jueces civiles del departamento judicial Mar del Plata Rodrigo Cataldo y Hernán Krzyszycha, quienes anoticiaban la presunta utilización de folios y sellos de su pertenencia en trámites que les resultaban ajenos.

La pesquisa desplegada a la largo de un año por integrantes de la UFI 10 y que contó con la colaboración de Instructores Judiciales de la Unidad de Investigación de Delitos Económicos de la Procuración y del Gabinete de delitos económicos de la DDI, permitió detectar que durante el período comprendido entre el 2014 y el 2016, fueron transferidas -mediante el uso de Folios de Seguridad y Sentencias judiciales falsos que se presentaban ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires- las titularidades de unos 50 inmuebles ubicados en las ciudades de Mar del Plata y Miramar.

Considerando esa cifra, y teniendo en cuenta que el organismo provincial informó que en ese periodo ingresaron un total de 230 testimonios judiciales de subasta (Código 9) con relación a la Circunscripción de General Pueyrredon (045) y un total de 27 testimonios de subasta con relación al Partido de General Alvarado (033), puede concluirse que la organización intervino en aproximadamente el 20% del total de transferencias efectuadas.

Asimismo y considerando las causas vinculadas ( IPP 5124-15), se estima que el valor de los inmuebles transferidos o cuya titularidad pretendían obtener, alcanzaría la suma aproximada de 100 millones de pesos.

Para los Fiscales la organización criminal tenía su base en el Estudio Jurídico del abogado Adrian Bovati ubicado en la ciudad Miramar, y se dedicaba a la captación de interesados en la compra de inmuebles, y a su vez aportaba información para individualizar bienes que reunieran las características particulares convenientes para las mecánicas ideadas con el fin de tomar posesión de los mismos; esto es, principalmente inmuebles cuyo titular fallecido no registrara herederos, o bien pertenecientes a sociedades cuyos accionistas habían fallecido o se encontraban desintegradas o en camino legal a ello, o cuyos titulares registrales evidenciaban en organismos públicos desinterés en el inmueble mediante el incumplimiento del pago de impuestos o servicios, o aquellos en los cuales los titulares o adquirentes procuraban no informar la operación comercial ante los organismos fiscales, o bien poseían impedimentos como trabas de embargos o inhibiciones personales que obstaculizaban la transferencia.

En tanto que, para instrumentar las maniobras diseñadas, se elaboraban generalmente instrumentos públicos falsos consistentes en Folios de Seguridad utilizados por Organismos Jurisdiccionales, Testimonios y Oficios Judiciales y actuaciones notariales.

La investigación estableció la falsedad de firmas atribuidas a numerosos Jueces Civiles y secretarios del Departamento Judicial y de otros organismos, y de los sellos pertenecientes a los Juzgados a su cargo que se encontraban insertos en los documentos presentados al Registro en cada caso. Los soportes magnéticos empleados en la falsificación fueron secuestrados en el marco de los allanamientos efectuados durante el transcurso de la pesquisa.

Estos documentos simulaban haber sido expedidos en el marco de expedientes judiciales que en verdad no existían, o bien si existían, las resoluciones que contenían no habían sido dictadas en los obrados. En ellos, se insertaban falsas leyendas, testimonios de resoluciones y sentencias inexistentes, se incluían firmas y sellos apócrifos de Organismos Públicos y de Magistrados y Funcionarios Judiciales y Escribanos, y todo lo necesario para brindarles apariencia de ser verdaderos.

Una vez elaborados, los instrumentos falsos mediante los cuales los Jueces supuestamente ordenaban medidas que constituían, transmitían, declaraban, modificaban o extinguían derechos reales sobre inmuebles, o bien disponían el levantamiento o inscripción de medidas cautelares, eran presentados ante la sede principal de la Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires o sus delegaciones, con el fin que allí se efectuaran las inscripciones y las anotaciones necesarias para alterar la situación jurídica registral de los bienes inmuebles y permitir que integrantes de la organización por sí o por interpuestas personas, o bien ocasionales cómplices convocados por otros miembros del grupo, obtuviesen su disponibilidad jurídica sin conocimiento de los legítimos propietarios, sus herederos, o el Fisco de la Provincia según el caso.

La presentación de la documentación falsa ante el Registro de la Propiedad Inmueble podía hacerla cualquiera de los integrantes del grupo, aunque generalmente para ello se utilizaban las labores del abogados o gestores con residencia en La Plata.

Medidas Cautelares: En relación a los imputados de Asociación Ilícita, el Juzgado interviniente decretó la prohibición de salida del país de todos ellos, y su inhibición general de bienes y, además, sobre los inmuebles transferidos de forma ilegítima pesan medidas cautelares ( medida de no innovar) que evitan su transferencia.

Asimismo y a partir de la detección de las irregularidades, las autoridades del Registro de la Propiedad Inmueble informaron a la Fiscalía que dispusieron un mecanismo interno de control obligatorio que permite constatar el eventual uso de folios falsos.

jueves, 1 de febrero de 2018

Fiscalía General

 
 COMUNICADO POR CASOS DE "CUENTO DEL TÍO"
 
Desde Fiscalía General se alerta a la ciudadanía de Mar del Plata y de localidades cercanas (en los que se han dado casos últimamente, como Miramar o Santa Clara del Mar) por la reiteración de hechos delictivos del tipo de Estafas, con una de las formas del conocido "Cuento del tío", que revisten características comunes, tales como:
  • las víctimas son personas de avanzada edad, que frecuentemente viven solas y tienen ahorros en sus casas;
  • reciben llamados al teléfono fijo, de parte de personas que (simulando algún resfrío o problemas del sonido en el teléfono) refieren ser hijos, sobrinos o nietos de la víctima, a quien le dicen que recibieron información bancaria de que: a) los billetes actualmente circulando deben ser cambiados por unos nuevos, por disposición del Banco o del Estado; b) se está por decretar una devaluación u otra medida económica grave y que hay que comprar (o vender) los dólares en forma urgente; c) hay que llevar los billetes al banco, por cualquier otro motivo, para cambiarlos por otros billetes o por otra moneda; o cuestiones de ese tipo;
  • por ese motivo, el supuesto familiar que llama le dice al abuelo o a la abuela que va a pasar por su domicilio "el Contador", o bien "un empleado del Banco", o bien "un amigo que sabe de estas cosas"; de parte del sobrino o del hijo, para retirar el dinero, los billetes que tiene el abuelo o la abuela, y que se los entregue a él, indicándole incluso en qué auto va a concurrir y el nombre (obviamente falso) de la persona que ir, o a veces un número clave para que el abuelo recuerde;
  • al poco tiempo se presenta la persona indicada, y el abuelo o la abuela hacen entrega confiada del dinero, según le haba dicho el falso hijo o sobrino; y
  • en algunos casos, hasta se les dice al abuelo o a la abuela, con mucha precisión, qué sumas de dinero tiene, en qué lugares está, si tiene pesos y/o dólares, etc; incluso, se suele hacer referencia a nombres de familiares, o a circunstancias de la vida familiar (por ejemplo, viajes), para generar una mayor confianza; todo ello permite también considerar que los autores de este tipo de ilícitos acceden a cierta información de la familia y de la situación del abuelo o de la abuela.
 
La creciente cantidad de estos hechos obliga, mientras se continúa con la correspondiente tarea investigativa, a alertar a las familias, y sugerir que se tomen algunas medidas, tales como:
  • advertir a sus familiares mas ancianos, explicándoles que nada de esto es verdadero;
  • evitar que los abuelos tengan sus ahorros en sus casas;
  • instruir a los abuelos, para que directamente no consientan ningún diálogo de esta clase; y 
  • evitar, en lo posible, el uso del teléfono fijo, o bien gestionar a los abuelos un teléfono móvil para las comunicaciones familiares.
Ante cualquier llamado semejante, se aconseja cortar la llamada e inmediatamente dar aviso a la policía, que estará debidamente instruida para actuar en caso de reiterarse el intento.

viernes, 13 de octubre de 2017

Fiscalía Nro 10 - Delitos Económicos


Requerimiento de elevación a juicio de funcionarios policiales

La Fiscalía especializada en Delitos Económicos solicitó al Juzgado de Garantías N°5 la elevación a juicio de una causa que se le sigue a tres funcionarios policiales identificados como Leonardo Ariel Pinto Garandán; María Helvecia Nélida Baigorria y Claudio Adrián Boriani, por los delitos de Malversación de Bienes Equiparables (art. 263 con relación al art. 261 del C.P.) y Omisión de promoción de la persecución penal (art. 274 del C.P.).
Cabe señalar que el 31 de diciembre de 2016 entre las 18:30 y 19:15 horas, el Oficial Subinspector Leonardo Ariel Pinto Garandán, se presentó en proximidades del puesto de guardavidas número 8 del sector de playa conocido como "Las Toscas" de esta ciudad, sito sobre el Paseo Jesús Galíndez, entre la escollera de Torreón del Monje y la bajada pública de calle Olavarría, donde personal policial del Operativo Sol estaba realizando actuaciones ante el hallazgo de presunto material estupefaciente, presumiblemente marihuana, distribuido en paquetes con forma rectangular (tipo ladrillo) dos de ellos intactos, uno semi abierto y dos mitades, y en su carácter de superior jerárquico y responsable del Gabinete de Prevención de la Subcomisaría Casino, se hizo cargo del procedimiento ordenando que se le entregara el material secuestrado y las anotaciones con los datos de los testigos del hallazgo, e incumpliendo sus deberes, no formalizó el acta correspondiente, no mantuvo comunicación alguna con el Ministerio Público Fiscal y sustrajo del ámbito de la administración pública los efectos secuestrados.
Posteriormente, en la sede de la subcomisaría Casino de la Policía de la Provincia de Buenos Aires de esta ciudad, el Oficial Principal Claudio Ariel Boriani y la Oficial Subinspector María Helvecia Nélida Baigorria, aquel a cargo de la dependencia y esta cumpliendo funciones de Oficial de Servicio, habiendo tomado conocimiento del secuestro de presunto material estupefaciente por parte del Oficial Subinspector Leonardo Ariel Pinto Garandán incumplieron la obligación que les incumbía de promover la investigación penal preparatoria correspondiente por infracción a la ley 23737, y omitieron toda comunicación al Ministerio Público Fiscal.

La imputación hacia el Oficial Principal Boriani y la Oficial Subinspector Baigorria se enmarca en su función específica el día de los sucesos objeto de investigación. El primero de ellos como jefe a cargo de la dependencia y la última como Oficial de Servicio. Ambos, teniendo conocimiento de la existencia de conductas infractorias a la ley 23737 que debían ser investigadas, se desentendieron de la situación, omitiendo promover la investigación penal preparatoria correspondiente.