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jueves, 2 de agosto de 2018
Fiscalía Nro 10 - Delitos Económicos
Fallo de la Cámara de Apelaciones en Causa PROCREAR
Con motivo de los recursos de apelación interpuestos por las partes y en consonancia con los fundamentos planteados por el Ministerio Público Fiscal departamental, la Sála III de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal resolvió confirmar la condena dictada por el Juzgado Correccional Nro 5 a Pablo Augusto Aquino a la pena de 6 años de prisión al encontrarlo autor penalmente responsable de los delitos de Estafa (50 hechos comprobados) en concurso real, mientras que en el caso de Natalia Vaccaro dispuso revocar la absolución dictada por el mismo Juzgado interviniente y la condenó a la pena de 3 años de prisión en suspenso por resultar partícipe secundaria penalmente responsable de los delitos de estafas reiteradas.
Cabe recordar que tras un trabajo investigativo exhaustivo la Fiscalía de Delitos Económicos pudo probar una serie de hechos de similares características en los que a través de firmas de contratos de una supuesta empresa de construcción denominada "Modularq" -representada por Aquino- con clientes del programa PROCREAR, durante 2014 y 2015, a los que les solicitaba importantes sumas de dinero en efectivo a modo de anticipo, perjudicándolos no sólo en la totalidad de esos montos por no realizar construcción alguna de sus viviendas sino también por la grave afectación patrimonial que las operaciones implicaban para todos los damnificados.
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