miércoles, 2 de noviembre de 2016

Unidad Fiscal de Instrucción y Juicio Nro 7


SENTENCIA DEL TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL N° 2

En acuerdo de juicio abreviado, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 condenó a Braian Guillermo Da Rocha y a Matías Ezequiel Gallo a las penas de 12 años y 12 años y 6 meses de prisión -respectivamente- por considerarlos autores penalmente responsables de los delitos de robo agravado por el uso de arma de fuego, lesiones graves, abuso de arma, resistencia a la autoridad en concurso con lesiones graves y encubrimiento 
La Fiscalía pudo obtener las pruebas suficientes para acreditar que, entre las 23 horas del 19 y las 00:45 del 20 de octubre de 2014, Da Rocha y Gallo a bordo de una moto marca Honda abordaron a diferentes víctimas que fueron encontrando a su paso, amenazándolas con armas de fuego -en uno de los casos provocando lesiones graves a la víctima como consecuencia de un disparo de revolver- y sustrayéndoles pertenencias. 
Las declaraciones de las propias víctimas coincidieron en la observación de las características fisonómicas de los dos sujetos masculinos que los interceptaron.
Cabe señalar que pasados estos hechos personal policial que observó pasar el motovehículo Honda con los dos sujetos que señalaran las víctimas, comenzó una persecución con patrullero a la vez que se sumaron otros móviles, y al advertir la presencia de éstos los delincuentes comenzaron un tiroteo con el personal policial, resultando herido uno de los efectivos.

jueves, 27 de octubre de 2016

Fiscalía Nro 10 - Delitos Económicos

SENTENCIA POR ESTAFAS REITERADAS

Tras la realización de un juicio abreviado acordado entre las partes y consensuado con las víctimas, el Juzgado Correccional Nro 3 condenó a Germán Jorge Gracián a la pena de tres años de ejecución condicional por resultar penalmente responsable de los delitos de estafas reiteradas
Tal como pudo probar el Fiscal de Delitos Económicos, Javier Pizzo, el imputado incurrió en 17 ocasiones en el delito de estafa a diferentes compradores de pasajes aéreos y terrestres, alojamientos y paquetes turísticos. 
El primero de estos hechos ocurrió en octubre de 2012, cuando en su calidad de titular y responsable de la agencia de viajes y turismo denominada "Good Travel", con domicilio comercial en calle Santa Fé N° 1862 local 2 de Mar del Plata, desplegó el ardid consistente en ofertar promociones de paquetes turísticos, viajes aéreos y terrestres y alojamientos en hoteles con destino en distintas ciudades nacionales y del extranjero, a sabiendas que no contrataría los servicios ofrecidos a sus clientes, y recibiendo de dos víctimas la suma de 12.681 pesos destinada al pago de un paquete turístico a la ciudad de Camboriú (Brasil).
De esta forma, hizo incurrir en error a las víctimas ocasionándoles un perjuicio patrimonial en la suma dineraria indicada al no realizar reserva alguna ni el correspondiente pago a la compañía terrestre, hoteles y empresa mayorista supuestamente comprometidos que permitiese a los damnificados concretar en modo alguno su respectivo viaje, obteniendo de esta forma un indebido beneficio económico para sí en perjuicio de los contratantes. 
Los siguientes hechos tuvieron la misma modalidad y consistieron en variadas ventas de pasajes aéreos, traslados y alojamientos por parte de Gracián que nunca tuvieron las reservas correspondientes y apoderándose así del dinero de las víctimas -sumas en pesos y en dólares- durante el período comprendido entre los meses de diciembre de 2012 y junio de 2013. 

viernes, 21 de octubre de 2016

Fiscalía Nro 10 - Delitos Económicos

ELEVAN A JUICIO CAUSA POR ESTAFAS REITERADAS

Tal como lo solicitó el Agente Fiscal de la Fiscalía de Delitos Económicos, Javier Pizzo, el Juzgado de Garantías confirmó la elevación a juicio de la causa seguida contra María del Carmen Domingo por los delitos de estafas reiteradas.
El Fiscal, reunió los elementos de prueba suficientes para realizar el requerimiento de elevación a juicio por 18 hechos de los 25 denunciados en contra de la imputada Domingo, quien utilizó la misma modalidad para cometer estos delitos a partir de la realización de variadas compras y consumos en locales comerciales de Mar del Plata, con tarjetas de crédito Visa y Américan Express -pertenecientes a otras personas-  y haciéndose pasar por titular de las mismas, provocando así un perjuicio económico a las víctimas. 
Posteriormente a la radicación de la denuncia sobre estos hechos descriptos que fueron cometidos durante los años 2010 y 2012, transcurrió un considerable tiempo de averiguación de paradero para poder dar con la imputada y llegar a la mencionada instancia.
Cabe señalar que, además, se dio lugar al pedido de sobreseimiento que en su debido momento realizó la Fiscalía por los 7 hechos restantes en los que se le imputó a la misma persona los delitos de hurto.


viernes, 23 de septiembre de 2016

Fiscalía de Flagrancia

SE INICIA EL JUICIO POR LOS SAQUEOS DE DICIEMBRE DE 2013

Desde el próximo lunes y hasta el 29 de septiembre se llevarán a cabo las audiencias de debate en el Tribunal Oral en lo Criminal Nro 1 para las que fueron citados 27 testigos de los cuales 17 son comerciantes -víctimas de saqueos- y los restantes personal policial y testigos presenciales de los hechos.
Cabe recordar que se iniciaron las actuaciones en la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio de Flagrancia, a raíz de que el día 9 de Diciembre de 2013 siendo aproximadamente las 21.00 hs. un grupo de al menos 30 personas cuya cantidad no puede determinarse, de las cuales pudo identificarse a ocho menores de edad y quince mayores de edad a los efectos penales, aprovechando la conmoción pública suscitada en la ciudad, con motivo del reclamo salarial de las fuerzas policiales, se constituyeron en la Feria Comunitaria sita en Av. 39 y Heguilor y previo forzar uno de los portones traseros con sus persianas metálicas, ingresaron al lugar y se apoderaron ilegítimamente de mercaderías varias existentes en su interior. 
Tras ser elevadas a juicio tomando intervención el TOC Nº 1, los abogados defensores solicitaron la aplicación de una "Probation" para seis de los imputados, los cuales no poseen condenas previas, pedido al cual se opuso el Agente Fiscal Gastón De Marco quien insistió en que los mismos debían ser llevados a juicio oral, no prestando su consentimiento para dicha solución. A pesar de dicha oposición, el juez del Tribunal entendió que correspondía la aplicación de la suspensión, aun sin consentimiento fiscal. 
La resolución fue apelada ante la Cámara Penal, indicando en primer término que el consentimiento fiscal es un requisito indispensable para que la suspensión del juicio a prueba sea aplicable, sumado a ellos las particulares circunstancias del hecho delictivo (su naturaleza, modalidad, la multiplicidad de coautores , la extensión del daño causado a las víctimas de aproximadamente un millón de pesos en su conjunto, la calidad de las víctimas quienes resultaron ser pequeños comerciantes e incluso vecinos de los imputados, la pena en expectativa que tiene una escala penal de 3 a 10 años de prisión, la ausencia de un ofrecimiento de reparación de daño adecuado, así como también la trascendencia social de un hecho que a las claras es demostrativo del desprecio a los valores de solidaridad y vecindad) que impedían la aplicación de la “probation” por lo cual el fiscal sostuvo que todos los imputados debían ser llevados a juicio. 
Finalmente la Sala Tercera de la Camara de Apelaciones Departamental hizo lugar al recurso fiscal y dispuso el rechazo de la suspensión sin consentimiento fiscal y la realización del debate con la totalidad de los imputados. 

lunes, 19 de septiembre de 2016

Fiscalía General


Primeras condenas en la causa por las licencias truchas 

El día 15 de septiembre el Dr. Pablo Viñas, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal Nro 1, condenó a tres de los imputados por la mencionada causa de las licencias truchas haciendo lugar al juicio abreviado solicitado por las partes.
En una extensa sentencia en la que valoró la investigación del Ministerio Público Fiscal dio por probados los hechos que se le imputaron a Brenda Burgos Calle, Jorge Rubilar y Esther Machín (funcionarios del área de tránsito de la Municipalidad de General Pueyrredón) a las penas de tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación para el ejercicio de cargo público.
Cabe recordar que los restantes imputados se encuentran a la espera del juicio oral que se llevará a cabo ante el Tribunal Oral en lo Criminal Nro 2 departamental.

jueves, 8 de septiembre de 2016

Fiscalía General

VEREDICTO CONDENATORIO EN JUICIO POR JURADOS

Durante los días 6 y 7 de septiembre se realizó, en el Tribunal Oral en lo Criminal Nro 4, un nuevo juicio por jurados con veredicto condenatorio.
En concordancia con lo solicitado por el Agente Fiscal, Marcos Pagella, el Jurado votó por mayoría (10 votos) y de esta manera declaró culpable a Brian Javier Canales, por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa. La defensa había alegado legítima defensa y emoción violenta.
En esta oportunidad, la Fiscalía pudo probar que en el hecho ocurrido en la zona de Parque Camet, en 2015, Raúl Ezequiel Verón fue a visitar a los cuatro hijos que compartía con una mujer; se generó una discusión primero con ella y luego con la nueva pareja, Brian Javier Canales. Con este último comenzaron a agredirse físicamente, por lo que Verón lastimó con un cuchillo a Canales. 
Pasado este hecho Canales ingresó a su vivienda, puso en  resguardo a la mujer y los hijos, salió con una carabina y, cuando Verón se retiraba, le efectuó dos disparos impactando, uno de estos, en la zona media de la espalda. 
Cabe señalar que, como consecuencia del ataque con arma de fuego, Verón quedó parapléjico.
Finalmente el Jurado, después de deliberar por espacio aproximado de tres horas, encontró a Canales culpable del hecho por mayoría de 10 votos y ahora se abre una nueva etapa procesal en la que, el Juez Técnico, Gustavo Fissore, deberá evaluar las pruebas para decidir la pena a imponerle.

jueves, 1 de septiembre de 2016

Fiscalía Descentralizada de Miramar

Sentencia por un caso de abuso sexual

El Tribunal Oral en lo Criminal Nro 2 condenó a C.A.C a la pena de 10 años de prisión por resultar autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal de una joven menor de edad.
La condena se dio en concordancia con la pena solicitada por la Agente Fiscal de Miramar, Ana Caro, quien pudo probar que en el interior de una vivienda ubicada en dicha ciudad, C.A.C accedió carnalmente, al menos en dos oportunidades, a la joven de 14 años de edad (familiar del imputado), aprovechándose de la inmadurez de la víctima y en contra de su voluntad. Posteriormente, como consecuencia de estos abusos, la víctima quedó embarazada.